miércoles, 13 de febrero de 2013

EXAMEN PARCIAL

”EXAMEN PARCIAL (para el alumnado) Señale cuáles de las siguientes afirmaciones son verdaderas y cuáles falsas teniendo en cuenta lo que aparece en el portafolio. ________________________________________________________________________________ 1.- El proceso globalizador, partícipe y, en la mayoría de los casos, constructor de esta nueva realidad mundial, ha planteado nuevos retos y reconfigurado estructuras, conceptos, modelos y valores, entre otros aspectos. Uno de los ámbitos impactados es desde luego el jurídico, el cual experimenta transformaciones sustanciales, no sólo a nivel conceptual, sino práctico. Una de sus áreas, quizá de mayor cambio, es hoy en día el derecho internacional, cuya vigencia y desarrollo se han visto afectados no tan sólo por la globalización, sino también por el nuevo orden mundial. V ________________________________________________________________________________ 2.- El MEF, a través de la Dirección General de Asuntos de comerccio Internacional, Competencia e Inversión Privada ha participado en cada una de las negociaciones para la suscripción de acuerdos comerciales. Ello en virtud a que dicho órgano de línea tiene como función la de formular, supervisar y evaluar las siguientes políticas: F ________________________________________________________________________________ 3.- “…se entiende por tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular” Este acuerdo de voluntades tiene por finalidad crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas entre los dos o más sujetos de derecho internacional. La definición anotada, muestra la categoría del tratado, pero a la vez determina en forma exclusiva quienes pueden acceder a su uso. Para ello, cada estado enviste de poderes necesarios a su representante, quien determinará los puntos que aportará al tratado. En el representante y su equipo de trabajo pesa una inmensa responsabilidad, siendo vital su capacidad de análisis, síntesis y conclusión de la información precedente para tomar la mejor decisión a favor de su representado. Al redactarse el documento, se considerará lo consentido por los representantes, excluyéndose de los límites del derecho nacional, ya que será el del derecho internacional general el prevalente. El ámbito de aplicación temporo – espacial se determina por las disposiciones del tratado y surten efecto a partir de la entrada en vigor en cada estado firmante, no considerándose la irretroactividad, salvo cláusula expresa. El término “tratado” es amplio dentro del derecho internacional, para algunos especialistas es solo sinónimo de otro tipo de acuerdos internacionales, basándose en la esencia que encierra el concepto. V ________________________________________________________________________________ 4.- El próximo 23 de mayo se conmemorará cuarenta y cuatro años de la firma de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, fuente característica del derecho internacional en lo referido a las relaciones entre estados. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 (en adelante la Convención), conceptualiza lo que es un tratado en la primera V ________________________________________________________________________________ 5.- La Convención es clara al señalar en su articulo 28, sobre la aplicación de los tratados lo siguiente: “Las disposiciones de un tratado no obligaran a una parte respecto de ningún acto o hecho que haba tenido lugar con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del tratado para esa parte ni de ninguna situación que en esa fecha haya dejado de existir, salvo que una intención diferente se desprenda del tratado o conste de otro modo.” El Dr. Novak hace la siguiente conceptualización para el uso de la nomenclatura en determinada situación, como por ejemplo: • Declaración, si se trata de establecer principios jurídicos o afirmación de política común. • Convención, referido a compromisos de valor restringido o asuntos de naturaleza económica, comercial o administrativa. • Carta, si se crea una organización internacional. • Pacto, al tratarse de aspectos de las relaciones políticas. • Acta, donde constaran resoluciones finales de una conferencia internacional. • Protocolo, es el documento anexo a un tratado o una aclaratoria. • Concordato, acuerdo entre la santa sede y los demás estados. • Modus vivendi, al mencionarse arreglos provisionales. • Compromiso, acuerdo consecuencia del arbitraje. • Armisticio, es el acuerdo militar. Entre otras denominaciones que existen o existirán debido al sentido dinámico y contextual de los consensos entre estados, con la libertad necesaria de innovar y crear tratados según las características de lo que se pretende negociar. Además, para que la comunidad internacional los pueda reconocer y garantizar dentro de sus facultades, es necesaria la publicidad de los tratados, particularidad medular fundamentada en el principio PACTA TERTIIS, contrarrestando a los antiguos pactos secretos. Internamente en el Perú, desde sus inicios republicanos, como menciona el célebre historiador Jorge Basadre, optó en más de una oportunidad el uso de tratados para evitar la “Ultima ratio” o guerra. Otro dato histórico lo hallamos en el prólogo realizado por Don Carlos Wiesse, a la “Colección de tratados del Perú” (1890) del Dr. Aranda, quien señaló la inclusión de estos documentos realizados en la época colonial entre 1529 a 1821, ya que muchas de nuestras negociaciones de la etapa independiente, sobre todo lo referido a límites, conllevaban al uso pasado de tratados. En la actualidad la Carta Magna nacional vigente contiene un capitulo exclusivo de tres artículos que enmarca la normatividad para adoptarlos y denunciarlos. V ________________________________________________________________________________ 6.- Los tres instrumentos clave para las transacciones internacionales: • la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, que trata de establecer principios jurídicos o afirmación de política común. • los Principios sobre los Contratos Comerciales Internacionales, elaborados por el UNIDROIT. Su contenido y utilización no comprometen la responsabilidad de Juris internacional. • los Incoterms, una iniciativa de la Cámara de Comercio Internacional. F ________________________________________________________________________________ 7.- "la globalización es la rápida integración de las economías a través del comercio, los flujos financieros, las difusión masiva de la tecnología de vanguardia, las networks informáticas, y los intercambios culturales". V ________________________________________________________________________________ 8. - Existe la mayoritaria percepción de que determinados asuntos constituyen desafíos para la comunidad internacional en su conjunto, de manera tal que no pueden ser resueltos unilateralmente o exclusivamente con acciones a nivel interno, sino que necesitan de un enfoque común y coordinado, que sólo puede alcanzarse a través de la negociación y la voluntad política común de los gobiernos expresada a nivel multilateral. V ________________________________________________________________________________ 9.- Existe una compleja relación entre la formación del derecho internacional y la política, porque si bien, por un lado, el derecho se formula en directa relación con el poder político vigente en un determinado periodo histórico, por otro, el propio derecho influye en las relaciones de poder en la sociedad. V ________________________________________________________________________________ 10.- El modelo de contrato es el instrumento clave para las transacciones internacionales y el único que tiene por objeto ofrecer instrumentos jurídicos equilibrados, fiables y flexibles con fines generales, de uso sencillo para todos y en especial para las pequeñas y medianas empresas. V

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